Valoración del Incumplimiento de Obligaciones Comerciales en un Sector Económico Emergente

Assessment of Non-Compliance with Obligations Businesses in an Emerging Economic Sector

Avaliação de Incumprimento de Obrigações Comercial em um setor econômico emergente

 

Ennit Gutiérrez Oscco

ennitgutierrezo0@gmail.com

https://orcid.org/0009-0002-0292-4859           Universidad Peruana Unión, Lima, Perú

Rudy Sandra Lujan Coronel

sandralujan15@gmail.com

https://orcid.org/0000-0002-7116-9001  

Universidad Peruana Unión. Lima, Perú

 

 

Recibido: 16 de junio de 2022

Aceptado: 26 de diciembre de 2022

 

Resumen

El estudio que se presenta, tuvo por objetivo, analizar la valoración del incumplimiento de obligaciones comerciales en un sector económico emergente. La ejecución fue por medio de un enfoque cuantitativo, el mismo que fue acompañado de un tipo de investigación descriptiva, que además tuvo como característica un diseño no experimental. La recolección de datos se hizo por medio de un cuestionario a una muestra de 350 comerciantes de diferentes sitios de Lima Metropolitana. El estudio tuvo como resultado que, en el caso del incumplimiento de obligaciones de índole tributarias, un 42.3% únicamente las considera “grave”, y en el caso del incumplimiento de las obligaciones laborales, un 64.3% considera que el incumplimiento es “grave”. Se concluyó de esta manera en que existe una mejor valoración hacia la norma laboral que hacia la tributaria y que además los índices de sensibilidad no son los adecuados para que el mercado emergente pueda sumar de manera correcta a la economía del país.

Palabras clave: Obligaciones tributarias, obligaciones laborales, pequeñas empresas.

Abstract

The study that is presented, had as objective, to analyze the valuation of the breach of commercial obligations in an emerging economic sector. The execution was through a quantitative approach, the same that was accompanied by a type of descriptive research, which also had a non-experimental design as a characteristic. Data collection was done through a questionnaire to a sample of 350 merchants from different sites in Metropolitan Lima. The result of the study was that in the case of non-compliance with tax obligations, 42.3% only consider them serious, and in the case of non-compliance with labor obligations, 64.3% consider that the non-compliance is serious. It was concluded in this way that there is a better valuation towards the labor regulation than towards the tax one and that, in addition, the sensitivity indices are not adequate for the emerging market to correctly add to the country's economy.

Keywords: Tax obligations, labor obligations, small businesses

Resumo

O objetivo do estudo apresentado foi analisar a avaliação do incumprimento de obrigações comerciais num setor económico emergente. A execução se deu por meio de uma abordagem quantitativa, que foi acompanhada de um tipo de pesquisa descritiva, que também teve como característica o desenho não experimental. A coleta de dados foi feita por meio de questionário a uma amostra de 350 comerciantes de diferentes localidades da região metropolitana de Lima. O estudo resultou que no caso de incumprimento de obrigações fiscais, 42,3% apenas as consideram “graves”, e no caso de incumprimento de obrigações laborais, 64,3% consideram o incumprimento “grave”. Concluiu-se desta forma que há uma melhor avaliação em relação ao padrão trabalhista do que em relação ao tributário e que além disso os índices de sensibilidade não são adequados para que o mercado emergente possa agregar corretamente à economia do país.

Palavras-chave: Obrigações tributárias, obrigações trabalhistas, pequenas empresas

 

 

 

 

Introducción

En los diferentes sectores económicos emergentes alrededor del mundo, la falta de conciencia laboral y valores tributarios, generan mucha informalidad, la misma que trae consigo la ausencia del cumplimiento de las obligaciones tributarias, laborales, entre otras. Todo esto como consecuencia de la insensibilidad de los comerciantes para con la norma que los rige.

El Peruano (2022) emitió un informe que señala que el Perú ha registrado índices de crecimiento tributario, para ser más exactos, un 88.2%, sin embargo, esto no es debido al crecimiento del cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino por el pago retrasado de impuestos de algunas empresas mineras. El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) en su informe de informalidad laboral en el año 2021 señala que el 2021 la informalidad laboral fue de 78.2%, un 3.7% más que el 2021, además informó que la mayor tasa de informalidad se encuentra en la selva, seguida por la sierra y finalmente la costa, para Lima Metropolitana se registró 2’233,300 empleos informales (El Comercio, 2021). De esta manera se puede entender que la informalidad en Lima Metropolitana es un problema grande, que es ocasionado por factores como: el costo excesivo de la legalidad, los procesos de fiscalización, la pobreza, la migración de personas a la capital, la demanda de conocimientos tecnológicos, entre otros (Mostacero, 2018). Esto a su vez muestra que la cultura de la informalidad laboral o la falta de cumplimiento de la norma laboral, es algo latente en nuestro país. Es así que la falta de cumplimiento de las obligaciones tributarias y laborales, solo generan que a carga fiscal y laboral, con el tiempo siga aumentando para poder cubrir las necesidades que tiene la caja fiscal peruana, afectando directamente a quienes sí cumplen con sus deberes.

Este estudio pretende dar luz acerca de la valoración real de los comerciantes hacia las obligaciones tributarias y laborales, cubriendo un vacío que hasta el momento no está muy explicado, ya que se cuentan con datos precisos de la evasión, informalidad tributaria, laboral, entre otros, pero se ha dejado de lado lo que los comerciantes pueden sentir. De esta forma se pretende beneficiar a la comunidad de interés tributario, la cual podría tomar el estudio como punto de partida para generar estrategias contra el incumplimiento de obligaciones comerciales.

Infracciones tributarias

Una infracción tributaria puede ser definida como cualquier acción y omisión que comprenda el no cumplimiento de algún tipo de legislación, que en este caso puntual es la tributaria (Sihuacuyo & Arisaca, 2017). Estas infracciones pueden ser dolosas o culposas siempre y cuando el incumplimiento de la norma se encuentre sancionado de acuerdo a alguna norma y además que la conducta también lo esté (Carrasco, 2018). Por último, es importante señalar que cuando existe una infracción tributaria, es decir, el incumplimiento de la norma, la parte afectada es el fisco y por lo tanto el tesoro público de un estado (Caballero, 2018).

Evasión tributaria

La evasión tributaria, en la práctica se presenta desde la informalidad de diferente tipos de vendedores hasta los negocios más grandes y complejos y es materializada incluso a un nivel penal siempre que se pueda sustentar la defraudación tributaria con dolo (Santillán & Barbaran, 2021). Considerando que la evasión tributaria es parte del comercio en un país, puede ser considerada como una medida de gestión de la fiscalización por parte de la administración tributaria (Macedo, 2020). Si la fiscalización de los tributos no es la adecuada se afecta la economía del estado y de la redistribución de la riqueza y el crecimiento económico no es el mejor (Patiño et al., 2019). Por último, es importante mencionar que la evasión también puede ser considerada como el hecho de usar el marco legal para aplazar el pago de impuestos pero este último no afecta la economía del país porque se encuentra bajo los parámetros de la ley (Cornejo, 2017).

Infracciones laborales

Para poder entender las infracciones laborales, primero es necesario entender que las mismas provienen de la dependencia que pueda existir entre un trabajador y un empleador o una persona que retribuye de alguna manera el trabajo realizado (Monerri, 2017). En el Perú la entidad encargada de velar por los trabajadores es el Ministerio de trabajo que señala que existen diversas faltas que pueden ser medidas de leve a muy grave y que según el tipo de falta tienen una sanción (Olaza, 2020). Las faltas son entendidas también como infracciones laborales que están relacionadas a conceptos como la seguridad social, salud laboral, entre algunas otras contenidas en la ley de trabajo (Chávez, 2019).  (Gonzales, 2019) menciona que las infracciones laborales también pueden ser diferentes según el gremio al que pertenezca un trabajador o clausulas específicas entre el trabajador y empleador.

Informalidad laboral

El término conocido como informalidad laboral se encuentra ligado con empleos sin estabilidad, que no necesitan de mucho capital humano, se pueden encontrar en su gran mayoría en empresas pequeñas (en ocasiones en unipersonales) y estos se caracterizan por la ausencia de filiación a seguridad social, además de condiciones dignas de trabajo (Carvajal et al., 2017). García (2016) señala que la informalidad laboral promueve la economía de la pobreza y de la exclusión social, representando en su gran mayoría a un estilo de vida de sobrevivencia. Este fenómeno es explicado por diferentes enfoques teóricos, como el enfoque estructuralista, el institucionalista, que se caracteriza por la agrupación de diversas actividades comerciales que en su mayoría son ilegales y que no tienen control del estado (Cuba, 2017).

 

Metodología

El tipo de estudio de la investigación que se usó, fue descriptivo, porque se considera que se emite una opinión acerca de la realidad estudiada en los comerciantes en Lima. Un estudio descriptivo es el que muestra conocimiento acerca de la realidad encontrada en un espacio, dicho de otro modo, es el estado real en el que se encuentra un objeto de estudio o una variable de investigación. (Rojas, 2015).

Por otro lado, es necesario señalar que fue de enfoque cuantitativo; para López y Sandoval (2016) es el método que se encuentra estructurado y el orden con el que cuenta, tiene el fin de la medición cuantitativa o numérica de una variable de estudio, de una unidad de estudio, un fenómeno, etc. y de esta forma brindar respuesta a los objetivos previamente planteados.

El diseño del estudio tuvo un corte transversal y un diseño no experimental. Un diseño no experimental no está caracterizado por la manipulación de una variable ni por la intención del cambio en el comportamiento de la misma, sino que analiza y estudia la variable en su estado natural (López y Sandoval 2016). Por otro lado, Rojas (2015) sostiene que un estudio de corte transversal es aquel que selecciona un momento determinado dentro de la línea de tiempo para realizar un corte y analizar un fenómeno o variable en ese momento seleccionado.

La población en un estudio, es el conjunto de personas u objetos, sus aspectos y limitaciones y puede ser estudiada, medida y cuantificada para la resolución del problema de investigación. Esta es determinada por el investigador en función a las características, especificaciones y objetivos de la investigación (Santiesteban, 2014). Para este estudio la población estuvo conformada por los comerciantes de la ciudad de Lima.

El muestreo es el método que se utiliza para la selección de la muestra en una población determinada. Este procedimiento permite que la muestra represente de manera acertada a la población que será estudiada y puede ser probabilístico, simple, no probabilístico, accidental e intencional (R. Hernández y Mendoza, 2018) Para este estudio, la muestra será no probabilística y por conveniencia, lo que hizo un total de 350 comerciantes.

La recolección de datos se hizo por medio de la encuesta. Según Supo (2015), la encuesta es la forma de recolectar información de forma ordenada y codificada que se encuentra estructurada de acuerdo a la teoría que se investiga y que permite conocer las percepciones de los individuos. Es así que el instrumento aplicado estuvo compuesto por 14 preguntas relacionadas a lo que indica la norma tributaria y laboral en el Perú. También es necesario mencionar que este instrumento fue validado por expertos contables.

 

Resultados

De acuerdo con la naturaleza del estudio, se presentan los resultados descriptivos por cada dimensión de estudio (infracciones tributarias e infracciones laborales) considerando la muestra utilizada de 350 comerciantes en total, que incluye comerciantes del Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS), Régimen Especial de Renta (RER), Régimen para Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) y para los comerciantes que no pertenecen a ninguno de estos Régimen se les consideró como (NA). También se incluyeron otras variables contables para una mejor comprensión del tema de estudio.

 

Análisis de la valoración de las infracciones tributarias

Tabla 1

Descriptivos de los ítems de infracciones tributarias

Valoración

Comprobantes de pago

Obtención de RUC

Pago de impuestos

Declaración de impuestos

Licencia de funcionamiento

Tenencia de libros

N

%

N

%

N

%

N

%

N

%

N

%

Normal

62

17.7

53

15.1

45

12.9

42

12.0

38

10.9

47

13.4

Leve

85

24.3

75

21.4

68

19.4

58

16.6

50

14.3

60

17.1

De consideración

117

33.4

120

34.3

131

37.4

131

37.4

118

33.7

91

26.0

Grave

86

24.6

102

29.1

106

30.3

119

34.0

144

41.1

152

43.4

Total

350

100.0

350

100.0

350

100.0

350

100.0

350

100.0

350

100.0

 

El análisis descriptivo de los ítems de infracciones tributarias, se presenta en la Tabla 1, donde se describen los resultados de la valoración de las infracciones como: normal, leve, de consideración y grave. En este sentido se puede observar que, para los ítems comprobante de pago, obtención de Registro Único de Contribuyentes (RUC), pago de impuestos y declaración de impuestos la valoración ha sido considerada como una infracción de consideración, con un 33.4%, 34.3%, 37.4% y 37.4% respectivamente. Los porcentajes descritos son mayores a diferencia de otras categorías (normal, leve o grave) de valoración de los mismos ítems. Por otro lado, también se puede observar que en el caso de las infracciones de no contar con licencia de funcionamiento y de no tener libros contables, el porcentaje que concentra mayor cantidad de comerciantes se encuentra en la valoración de grave, con un 41.1% y 43.4% respectivamente.

En este estudio, se incluyeron además de las variables contables, variables de índole socio demográficas para una mejor comprensión del tema estudiado, es así que se consideraron el régimen tributario en el Perú como: Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS), Régimen Especial de Renta (RER), Régimen para Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) y para los comerciantes que no pertenecen a ninguno de estos Régimen, se les consideró como (NA). También se consideró la ubicación y el tiempo que llevan operando en el mercado de Lima.

 

Tabla 2

Valoración de las infracciones tributarias según el régimen tributario

 

Infracciones tributarias

Normal

Leve

De consideración

Grave

N

% del N de fila

Recuento

% del N de fila

Recuento

% del N de fila

Recuento

% del N de fila

Régimen tributario

NRUS

13

12.1%

13

12.1%

19

17.8%

62

57.9%

RER

14

15.9%

23

26.1%

27

30.7%

24

27.3%

MYPE

3

3.4%

4

4.6%

25

28.7%

55

63.2%

NA

14

20.6%

23

33.8%

24

35.3%

7

10.3%

 

En la Tabla 2, se puede observar la valoración de las infracciones tributarias según el régimen tributario de los comerciantes, que, en el caso de los comerciantes participantes del Nuevo RUS, se observó que un 57.9% considera que las infracciones tributarias estudiadas son graves, mientras que el resto de comerciantes ubica de manera similar la valoración en las categorías de normal, leve y de consideración.

En el caso de los comerciantes del RER se observa que el 30.7% de los comerciantes considera que las infracciones tributarias son de consideración, mientras que otros porcentajes parecidos ubican las opiniones de los comerciantes como leves o graves, mostrando que no existe mucha diferencia en la valoración de este régimen tributario.

En el caso del régimen MYPE tributario, se puede observar que el 63.2% considera que las infracciones tributarias son graves, muestras que un porcentaje importante (28.7%) valora estas infracciones como de consideración, mostrando así que este régimen que tiene mayores exigencias tributarias, valora mejor las infracciones tributarias.

Dentro del estudio también participaron comerciantes que manifestaron no pertenecer a ninguno de estos regímenes (NA), los mismos que valoraron las infracciones tributarias en un 35.3% como “de consideración”, un 33.8% como “leve”, un 20.6% como normal y un 10.3% como grave, mostrando así un desconocimiento y falta de información acerca de la gravedad de las infracciones tributarias que existen en el mercado de Lima.

 

Tabla 3

Valoración de las infracciones tributarias según el tiempo en el mercado

 

Infracciones tributarias

Normal

Leve

De consideración

Grave

Recuento

% del N de fila

Recuento

% del N de fila

Recuento

% del N de fila

Recuento

% del N de fila

Tiempo en el mercado

1 a 2 años

15

30.0%

14

28.0%

14

28.0%

7

14.0%

3 a 4 años

19

19.0%

21

21.0%

32

32.0%

28

28.0%

5 a 6 años

5

4.3%

13

11.2%

31

26.7%

67

57.8%

De 7 años a más

5

6.0%

15

17.9%

18

21.4%

46

54.8%

 

Según la Tabla 3, las infracciones tributarias según el tiempo en el mercado son valoradas de la siguiente manera: para los comerciantes que tienen hasta 2 años, un porcentaje del 30% “Normal”, 28% “leve”, 28% “de consideración” y 14% como algo “grave”. En el caso de los comerciantes que tienen entre 3 y 4 años de tiempo en el mercado, se puede observar las infracciones tributarias con un porcentaje de 32% “de consideración”, 28% que consideran las faltas como “grave”, 21%  las consideran “leve” y un 19% como “normal”. Para los comerciantes que tienen entre 5 y 6 años de tiempo en el mercado, se puede observar las infracciones tributarias con porcentaje, en su mayoría (57.8%) “grave”. Y por último para aquellos comerciantes que tienen de 7 años a más, tiempo en el mercado, se puede observar las infracciones tributarias con porcentaje, en su mayoría (54.8%), también consideran que son “grave”.

Tabla 4

Frecuencias de la valoración de las infracciones tributarias

Infracciones tributarias

Frecuencia

Porcentaje

Porcentaje acumulado

Normal

44

12.6%

12.6

Leve

63

18.0%

30.6

De consideración

95

27.1%

57.7

Grave

148

42.3%

100.0

Total

350

100.0

 

 

Según la Tabla 4, el resultado de la valoración general de las infracciones tributarias, señala que el 42.3% de los comerciantes participantes consideran que ir en contra de la norma tributaria es una infracción “grave”, el 27.1% una infracción de “consideración”, el 18% que es una infracción “leve” y un 12.6% que es una infracción “normal”.

Análisis de la valoración de las infracciones laborales

Tabla 5

Descriptivos de los ítems de infracciones laborales

Valoración

Remuneración mínima vital

Descanso semanal

Vacaciones

Seguro social

Sobre tiempo

Jornada de 8 horas

Pago por feriados

N

%

N

%

N

%

N

%

N

%

N

%

N

%

Normal

28

8.0

26

7.4

29

8.3

28

8.0

27

7.7

26

7.4

25

7.1

Leve

48

13.7

42

12.0

38

10.9

33

9.4

26

7.4

27

7.7

28

8.0

De consideración

100

28.6

96

27.4

85

24.3

79

22.6

81

23.1

78

22.3

78

22.3

Grave

174

49.7

186

53.1

198

56.6

210

60.0

216

61.7

219

62.6

219

62.6

Total

350

100.0

350

100.0

350

100.0

350

100.0

350

100.0

350

100.0

350

100.0

 

El análisis descriptivo de los ítems de infracciones laborales, se presenta en la Tabla 5, donde se describen los resultados de la valoración de las infracciones incumplidas por los comerciantes como: normal, leve, de consideración y grave. En este sentido se puede observar el incumplimiento de  normas laborales por cada ítem en la mayoría de comerciantes consideran un falta “grave”, donde : No pagar remuneración mínima vital del 49.7% con una infracción “grave”, no otorgar descanso semanal del 53.1% con una infracción “grave”, no dar vacaciones, del 56.6% con una infracción “grave”, no inscribir al seguro social del  60%  con una infracción “grave”, no pagar sobre tiempo del 61.7% con una infracción “grave”, no respetar la jornada de 8 horas del 62.6% con una infracción “grave”, y por ultimo no realizar un pago diferido por feriados, del 62.6% con una infracción “grave”.

De esta manera se puede entender que la valoración hacia las infracciones laborales es más sensible dentro de los comerciantes de la ciudad de Lima, en relación a las infracciones tributarias.

Tabla 6

Valoración de las infracciones laborales según el régimen tributario

 

Infracciones laborales

Normal

Leve

De consideración

Grave

N

% del N de fila

Recuento

% del N de fila

Recuento

% del N de fila

Recuento

% del N de fila

Régimen tributario

NRUS

0

0.0%

5

4.7%

13

12.1%

89

83.2%

RER

13

14.8%

14

15.9%

21

23.9%

40

45.5%

MYPE

0

0.0%

1

1.1%

14

16.1%

72

82.8%

NA

13

19.1%

13

19.1%

18

26.5%

24

35.3%

 

Los resultados de la valoración de las infracciones según el régimen tributario, se presenta en la Tabla 6, donde arrojaron porcentajes que señalan que en el caso de todos los regímenes que participaron, con un porcentaje, del 83.2% Nuevo RUS, del 45.5% eran RER, y del 83.8% MYPE, en la mayoría de los comerciantes considera que este tipo de infracciones “grave”. Sin embargo, se puede observar que en el caso de los comerciantes del RER, el porcentaje de quienes consideran “grave” las infracciones solo fue del 45.5% mostrando que la otra mitad considera las infracciones como el 23.9% “de consideración”, 15.9% “leve” y 14.8% “normal”.

También se observa que en el caso de aquellos comerciantes que señalaron no pertenecer a ningún régimen (NA), el 35.3% considera a estas infracciones como “grave”, dejando a cerca de un 70% de comerciantes restantes que consideran que las infracciones “de consideración”, “leve” y “normal”.

 

 

 

 

Tabla 7

Valoración de las infracciones laborales según el tiempo en el mercado

 

Infracciones laborales

Normal

Leve

De consideración

Grave

Recuento

% del N de fila

Recuento

% del N de fila

Recuento

% del N de fila

Recuento

% del N de fila

Tiempo en el mercado

1 a 2 años

11

22.0%

9

18.0%

9

18.0%

21

42.0%

3 a 4 años

6

6.0%

7

7.0%

30

30.0%

57

57.0%

5 a 6 años

5

4.3%

5

4.3%

15

12.9%

91

78.4%

De 7 años a más

4

4.8%

12

14.3%

12

14.3%

56

66.7%

 

Según la Tabla 7, en el caso de los resultados de la valoración de las infracciones laborales, según el tiempo en el mercado de los comerciantes, se observó que los porcentajes más altos, en todas las categorías de tiempo, apuntaron a valorar las infracciones como “grave” en su mayoría, detalla de la siguiente manera: para los comerciantes que tienen hasta 2 años del 42.0% como “grave”, los comerciantes entre 3 y 4 años de tiempo en el mercado del 57.0% como “grave”, los comerciantes entre 5 y 6 años de tiempo en el mercado del 78.4% como “grave”, y los comerciantes de 7 años a más en el mercado del 66.7% como “grave”. Además de mostrar una relación positiva entre el tiempo y la cantidad de comerciantes que valoran como “grave” las infracciones laborales.

 La excepción de la relación mencionada se observó en el caso de aquellos comerciantes que tienen de 7 años a más en el mercado, ya que se observó que disminuyó en un 11.7% en relación a aquellos que tienen entre 5 y 6 años. De esta manera se observa que la antigüedad en cierto momento hace que los comerciantes empiecen a perder el respeto por la legislación laboral.

 

 

Tabla 8

Frecuencias de la valoración de las infracciones laborales

Infracciones laborales

Frecuencia

Porcentaje

Porcentaje acumulado

Normal

26

7.4%

7.4

Leve

33

9.4%

16.9

De consideración

66

18.9%

35.7

Grave

225

64.3%

100.0

Total

350

100.0

 

 

Según la Tabla 8, el resultado general de la valoración de las infracciones laborales muestra que un 64.3% de comerciantes participantes considera que el incumplimiento de la norma laboral es una infracción “grave”, un 18.9% considera que es una infracción “de consideración”, un 9.4% que es una infracción “leve” y un 7.4% considera es una infracción “normal”. De esta manera, se puede entender que los comerciantes mantienen una sensibilidad mayor hacia la normal laboral que hacia la norma tributaria.

 

Discusión

El presente estudio de investigación consiste en, evaluar o medir el incumplimiento de las obligaciones comerciales en un sector económico emergente en Lima, para la recolección de datos se utilizaron 350 comerciantes por medio de una encuesta de 14 preguntas, donde el objetivo de la investigación era  mide la opinión o conocimiento del comerciante, relacionado a lo indica la norma tributaria y laboral en el Perú, considerando como: Las infracciones tributarias, las infracciones laborales, las infracciones según régimen tributario, y las infracciones según el tiempo que llevan operando en el mercado en Lima. En una escala de 1 al 4, donde 1“normal”, 2“leve, 3“de consideración” y 4“grave”, las zonas encuestas en Lima fueron: La Victoria (Gamarra), Cercado de Lima (Av. Abancay), San Juan de Lurigancho (Campoy), Santa Anita (Av. Colectora) y Ate Vitarte (brisas). También es necesito mencionar que la encuesta fue ordena, codificada, y validada con fotos.

Los resultados encontrados en el estudio muestran que existe una buena valoración hacia las infracciones comerciales, es decir, las consideran como faltas “de consideración” o “grave”, y las infracciones que comprenden faltas tributarias y laborales. Esta valoración de acuerdo a los regímenes tributarios, muestra un nivel adecuado, lo que apoya la idea de que la cultura tributaria en los comerciantes aún no es la adecuada, y en el caso de la valoración laboral, se encontraron mejores niveles, lo que probablemente sea consecuencia de la cercanía del ente fiscalizador en la parte laboral a diferencia de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT).

En relación a los resultados, que muestran un nivel inadecuado de valoración hacia las infracciones tributarias, Cornejo (2017) en el estudio que realizó, encontró que en una muestra de comerciantes, que la poca valoración o desconocimiento de las normas, genera un impacto de hasta un 90.8% la recaudación fiscal. Baca y Córdova (2016) en la investigación que realizó, pudo encontrar que aquellos comerciantes que no se encuentran inscritos en los regímenes tributarios existentes, contribuyen de manera negativa hacia los índices de recaudación fiscal, pero esto es consecuencia de la imagen de corrupción gubernamental, llegando a generar un vacío de recaudación de hasta 38,500 soles mensualmente. Alava y Valderrama (2020) encontraron en el estudio que realizaron que la informalidad se encuentra ligada a la poca generación de empleo, a la falta de educación, la ruralidad, entre algunas otras, que a su vez se encuentran en relación directa y estrecha con la evasión de obligaciones que son impositivas, por lo que la principal afectación de la informalidad es la recaudación fiscal. Además, se concluyó en que el aspecto positivo es para las familias de los comerciantes y el negativo para el crecimiento empresarial y económico de un país.

Por su parte, Mostacero (2018) realizó un estudio de las MYPES y encontró que la informalidad afecta en gran manera y significativamente a la recaudación del IGV, y que si bien es cierto mueven una economía emergente y para los ciudadanos más pobres, la misma no contribuye con la economía del país y provoca que las medidas económicas no favorezcan a los informales en términos de desarrollo económico y social. Para intentar entender mejor la situación de los pequeños comerciantes, Carvajal et al. (2017) analizó los determinantes sociodemográficos conjuntos de la informalidad laboral y sub empleo, hizo uso del tipo de investigación descriptiva y analizó a la población activa económicamente. El estudio concluyo la escolaridad, el género y la edad generan mayor índice de formalidad laboral, mientras que laborar en sectores como el secundario o terciario facilita la informalidad laboral.

 

Conclusiones

Considerando el propósito de estudio, el cual fue analizar la valoración de las infracciones comerciales, comprendidas por las tributarias y laborales, se llegó a la conclusión:

La valoración hacia las infracciones tributarias, son consideradas como “grave” por una cantidad representativa de comerciantes participantes (42.3%), sin embargo, resulta preocupante porque no son ni la mitad de comerciantes, evidenciando de esta forma un nivel bajo de cultura fiscal o respeto por las normas fiscales.

El estudio también concluyó en que la valoración tributaria de acuerdo al régimen tributario tiene niveles bajos de valoración en el RER del 30.7%  de comerciantes son “de consideración” y aquellos que no están inscritos en ningún régimen (NA), del grupo de estos últimos, únicamente el 10.3% consideran que incumplir con los requisitos tributarios son falta “grave”, evidenciando que la cultura tributaria antes de ser parte formal del mercado es bastante baja; otro dato encontrado, importante, es que de acuerdo al tiempo en el mercado, aquellos comerciantes menores a siete años evidencian que mientras más pasen los años, mejor valoración tienen hacia las faltas tributarias, sin embargo, aquellos que tienen de siete años a más, vuelven a perder sensibilidad. Por otro lado, es importante mencionar que las faltas que son consideradas de mayor importancia, fueron la no tenencia de libros y la no licencia de funcionamiento.

En relación a la valoración de las faltas laborales, el estudio concluyó en que más de la mitad de comerciantes participantes (64.4%) consideran que este tipo de falta son “grave”, evidenciando de esta forma una mayor sensibilidad por la parte laboral que fiscal.

En relación al análisis de valoración de las infracciones laborales, por régimen tributario, se encontró que en la valoración “grave” sobresale en las categorías de Nuevo RUS y MYPE, superando niveles de 80% pero en el caso del RER no se tiene ni al 50% de comerciantes que valoran las faltas laborales como “grave” y en el caso de aquellos comerciantes que no pertenecen a ningún régimen (NA) el porcentaje llegó a 35.3%, mostrando una mayor sensibilidad en este grupo hacia las faltas laborales que a las tributarias.

En el caso del análisis de las faltas laborales, según el tiempo que tienen los comerciantes en el mercado, se encontró que mientras más avanza el tiempo en el mercado de los comerciantes, mejor es la valoración de las infracciones, pero este fenómeno solo hasta los 7 años de madurez de un negocio, ya que, pasado ese tiempo, los comerciantes no manifiestan un aumento de sensibilidad hacia las infracciones.

Por último, en el caso de la revisión individual de las faltas, se encontró que la menos valorada es el respeto por el pago de una remuneración mínima, teniendo a menos del 50% de comerciantes considerando esta falta como “grave”, esto evidencia la informalidad que existe en los mercados en cuánto al pago a sus trabajadores.

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